Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.10.
II.10. Por memorial de 3 de noviembre de 2010, Marlene Ballón Moya de Rada, en representación del accionante solicitó nuevamente orden judicial ante el Juez de Instrucción de Viacha, a objeto de que se le proporcione fotocopias legalizadas de todo el proceso sumario que dio origen a la Resolución 061/2009, y que se proceda a notificar de manera personal con la referida Resolución, cual mereció providencia de 8 del mismo mes y año, que dispuso que se “ Franquee con las formalidades de ley” (fs. 59 a 60 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- 1)
- CONCEDIÓ en parte
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR