SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1211/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y el principio de congruencia, debido a que la resolución no realizó ninguna valoración de fondo ni vinculó conducta delictiva alguna, por lo que resulta incongruente que se la haya declarado autora de los delitos sin que se hubiese subsumido su conducta a cada uno de los tipos penales, o a quien encubrió; el Auto de Vista es incongruente porque confirma en parte el fallo condenatoria en su contra elevando la pena impuesta a seis años de presidio; y una vez que interpuso recurso de nulidad y casación de forma incongruente el Auto Supremo no se refirió a los argumentos del recurso de nulidad o casación y confirmó en parte la resolución agravando su situación duplicando la pena, lesionando el debido proceso, el derecho a la defensa y el principio de congruencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la línea jurisprudencial referida a la citación o notificación de los terceros interesados
- Fragmento 14
- tratándose de una omisión atribuible a las autoridades jurisdiccionales que conocieron el recurso de amparo constitucional y no al recurrente, se anula todo lo obrado
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR