Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2012
Fecha: 17-Sep-2012
II.3.
II.3. En fotocopia legalizada, cursa una escritura pública de registro de urbanización de terrenos urbanos que suscribió Remberto Cardozo Cortez, como propietario el 1 de abril de 2010 (fs. 36 a 37 vta.), por lo que el 7 de mismo mes y año, se inscribió en DD.RR. la División de la Propiedad en manzanos, correspondientes a los folios con matrículas computarizadas: 9.01.1.01.0009030, 9.01.1.01.0009031, 9.01.1.01.0009032, 9.01.1.01.0009033, 9.01.1.01.0009034 (fs. 39 a 44).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Las medidas de hecho y los requisitos para su consideración en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Derecho a la propiedad
- III.4. En cuanto a la seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- APROBAR en parte