Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.3.
II.3. Por Auto de 28 de junio de 2010, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, determinó revocar las medidas sustitutivas a la detención preventiva que benefician a Moisés Abias Quispe Amaru, Paul Diter Uño Zepita, Pablo Condori Ayala, Mario Challapa Ancieta, Pablo Condori Ayala, disponiendo su detención preventiva y la aplicación de la detención preventiva contra Olivia Alaca Yapura y Teodor Méndez Rodríguez, determinación que fue apelada por los acusados en audiencia (fs. 9 a 10 vta; y 118 a 119 vta.), de igual manera Paul Dieter Uño Zepita y Moisés Abias Quispe Amaru, mediante memorial de la fecha antes señalada, presentaron apelación incidental (fs. 11).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- pero bajo ningún argumento podrá analizarse el criterio del juzgador sobre el contenido de la prueba, pues esta función es exclusiva del juzgador ordinario'.
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución
- 1° REVOCAR