SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1298/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la impugnación, a la “seguridad jurídica” a la vivienda y la propiedad privada, por cuanto dentro del proceso ordinario de acción reivindicatoria, en Sentencia se dispuso la entrega del inmueble ubicado en la Urbanización 16 de julio de la ciudad de El Alto, a favor de Zacarías Lalo Loza Flores y por Auto de 19 de noviembre de 2009, se lo conminó para que haga efectiva la entrega del mencionado inmueble en el plazo de diez días, motivo por el cual planteó Recurso de Reposición con alternativa de apelación, al primer recurso no se dio lugar, por lo que se remitió en apelación a la Sala Civil Primera quien anuló el Auto impugnado, disponiendo que el Juez aquo remita obrados a la Sala Civil Segunda; posteriormente interpuso Recurso de Casación, el mismo que fue resuelto por Santiago Berrios Caballero y Velia Guachalla Novillo, Vocales de la Sala Civil Segunda, mediante Resolución A-154 “B”, rechazando la petición de remisión de obrados ante la entonces Corte Suprema de Justicia y ratificando la Sentencia de primera instancia, con el argumento de que si bien existe informe de la Oficial de Diligencias en el que indica que se presentaron los recaudos para su remisión a la Corte Suprema de Justicia, sin embargo precluyó el plazo para la remisión, ya que el demandado no obstante de haber previsto los recaudos correspondientes no se apersonó por más de un mes al juzgado para confirmar su remisión. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en la acción de amparo
- respecto a quienes se les inicia un proceso en contra, permitiendo que tengan conocimiento y acceso a los actuados e impugnen los mismos en igualdad de condiciones, conforme al procedimiento preestablecido; por ello, el derecho a la defensa es inviolable
- III.3. Con relación al derecho a la defensa
- es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio
- el derecho a hacer uso de los recursos;
- III.3.1
- III.4.
- APROBAR