Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1337/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.5.
II.5. Por Auto de 9 de octubre de 2009, la Juez de Instrucción Mixta de Cotoca, provincia Andrés Ibáñez del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, rechazó la solicitud de excepción de incompetencia, interpuesta por Boris Edward Molina Álvarez, en razón de haber interpuesto la misma amparado en el art. 310, “en contraposición de la aplicación del art. 54 inc. 1 y 2” (sic), ambos del (CPP) (fs. 353 a 354).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción.
- I.2.3. Informe del Ministerio Público.
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2 Con relación a la cláusula arbitral y los procesos judiciales
- III.3. Principio de mínima intervención en el que se enmarca el derecho penal
- III.4. Con relación al derecho del debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1. CONFIRMAR en parte