SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1340/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1340/2012

Fecha: 19-Sep-2012

a)

Haciendo uso del derecho a la réplica expresó: a) El juez debió sujetar sus actuaciones al proceso coactivo civil y no al proceso ejecutivo que tiene una tramitación diferente porque por disposición del art. 51.II de la LAPCAF son aplicables los arts. 32 y 46 de la mencionada disposición legal; y, b) No cuestionan la interpretación legal que hace el juez sino que lo que critican, es la errónea aplicación de la norma procesal que vulnera el derecho al debido proceso.