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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1357/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1357/2012

    Fecha: 19-Sep-2012

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    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegaron
    • I.3. Consideraciones de sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
    • III.3. Procedimiento del incidente de nulidad en materia penal
    • 4)
    • la actividad procesal defectuosa dentro de los procesos penales puede hacérsela por la vía incidental ante el juez cautelar en la etapa preparatoria o ante el Juez o Tribunal de Sentencia en el juicio oral, y, en su caso, a través del recurso de apelación restringida
    • empero, ante el rechazo de dicha solicitud, la ahora accionante aún tenía la posibilidad de impugnar dicha determinación a través del recurso de apelación restringida...´”
    • inobservó el art. 5 del CPP, que refiere la potestad que tiene de ejercer defensa de sus derechos o garantías
    • verificando materialmente que el accionante adecuo su omisión al no activar la impugnación conforme prevé la regla prevista en el punto 1. b)
    • APROBAR

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