SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2012
Fecha: 19-Sep-2012
a)
El accionante, a través de su abogado y apoderado, en audiencia ratificó los términos de la demanda y ampliando dijo: a) El entonces Presidente del Tribunal Primero de Sentencia negó las fotocopias solicitadas con el argumento que se estaría contaminando las pruebas; b) Existen sentencias constitucionales que determinan que los documentos que obran en contra de un acusado deben ser conocidos y estar a su alcance, implicando con ello que tiene derecho a obtener fotocopias simples; c) Planteó recurso de reposición, pero fue negado afirmando que el plazo corría desde que se puso a la vista el expediente; d) Todo acusado tiene derecho a saber qué documentos obran en su contra para organizar el ofrecimiento de su prueba; e) El hecho de que el Ministerio Público hubiese ofrecido ciento cuarenta literales no implica que conozca su contenido, siendo necesario saber quienes firman dichos documentos o a quienes están dirigidas, extremo que es esencial para la defensa; y, f) La negativa es sui generis que vulnera su derecho a la defensa, al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la igualdad, porque el Ministerio Público ingresa con sus pruebas y el Presidente del Tribunal no permite que conozca su contenido. En base a ello, solicita se conceda la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.4. Participación del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y subsidiariedad
- 1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. El incidente de actividad procesal defectuosa, por defectos absolutos, puede ser planteado en la etapa de juicio oral
- en el defecto absoluto el quebrantamiento de la forma está vinculado a la protección de un derecho o garantía constitucional;
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR