Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1373/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.3.
II.3. Por Auto 65/09 de 1 de abril de 2009, dictado por el Juez Décimo de Instrucción de Instrucción en lo Penal, admitió la objeción a la admisibilidad de la querella planteada por Isabel Ignacia Vera Cañellas, por haberse demostrado que el querellante en su calidad de Viceministro de Vivienda y Urbanismo, no tiene personería (fs. 16 vta. a 17 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances y naturaleza de la acción de amparo constitucional
- a) El debido proceso
- , libre apreciación de la prueba; los derechos fundamentales como el derecho a la defensa, a la igualdad, etc., derechos que por su carácter fundamental no pueden ser ignorados ni obviados bajo ningún justificativo o excusa por autoridad alguna, pues dichos mandatos constitucionales son la base de las normas adjetivas procesales en nuestro ordenamiento jurídico
- derecho a la igualdad procesal de las partes,
- c) La tutela judicial efectiva
- d) La seguridad jurídica
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- b) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales…
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- 2º