SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1385/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III.7. Análisis del caso
En el caso en examen, el accionante, alega la vulneración de los derechos al debido proceso, a la defensa, a la legalidad, a la aplicación objetiva de la ley y a la tutela judicial efectiva de la empresa a la cual representa, por cuanto las Resoluciones pronunciadas en grado de apelación y casación, desconocieron el mandato del art. 196 del CPC siendo a la vez incongruentes, sumado al hecho de que el Tribunal de apelación se aparto del marco establecido en el art. 236 del CPC, aspectos que no fueron reparados por la autoridad de casación, conforme manda el art. 15 de la LOJ.1993, habiendo tal instancia suprema, incumplido con sus funciones de fiscalizar y controlar todo lo obrado.
A efectos de establecer la comisión o no de los hechos lesivos denunciados, tomando en cuenta los antecedentes se realizara un análisis individual de las dos Resoluciones aludidas, a efectos de establecer la vulneración o no de derechos y garantías, relacionando a su vez con la normativa citada, los Fundamentos Jurídicos expuestos y la jurisprudencia glosada.
- Javier Wilfredo Bernal Vaca Guzmán
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Sobre el derecho al debido proceso
- “La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones…”
- Fragmento 17
- III.2.3. La tutela judicial efectiva como garantía constitucional
- Fragmento 19
- III.3. Sobre los alcances y el entendimiento asumido por la jurisdiccion constitucional, respecto de la complementacion y enmienda
- III.4. Marco normativo general y especifico, que regula la actuación del Tribunal de casación
- “se garantiza el sistema de impugnación en los procesos judiciales”
- III.6. La legitimación pasiva de los miembros del Tribunal de apelación
- III.7. Análisis del caso
- III.7.1. Sobre el Auto de Vista 662/2005 de 5 de diciembre
- III.7.2. Sobre el Auto Supremo 115/2010 de 4 de mayo
- CONFIRMAR