Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1392/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.6.
II.6. Mediante Sentencia de 13 de mayo de 2004, Gerardo Sotelo Arancibia, Juez de Partido y de Sentencia de Samapata provincia Florida del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, declaró probada la demanda y ratificación de la misma, reconociendo el derecho asignado por la testamentaria a favor de Marleny Padilla Martínez, en su caso los herederos reconocerán todos los servicios prestados, debiendo en ejecución de sentencia nombrarse un perito que determine el derecho y o el valor que corresponde a la antes mencionada testamentaria (fs. 26 a 28).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- deniega
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR