Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.2.
II.2. Instructivo 1/10 de 3 de agosto de 2010, emitido por el Jefe Regional de Trabajo de Camiri, comunicó al Gobierno Autónomo Municipal del Estado Plurinacional, “la obligatoriedad de respetar la estabilidad laboral, e inamovilidad de las trabajadoras y trabajadores municipales y leyes laborales vigentes”, a través de este instructivo la autoridad laboral ha solicitado respetar la estabilidad laboral del los trabajadores (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- ,
- ii)
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Derecho al trabajo, la estabilidad y los contratos a plazo fijo
- III.3.El consentimiento del empleador, importa tácita reconducción del contrato
- III.4.Respecto a la inamovilidad laboral de la mujer embarazada
- III.4.Respecto a la seguridad social
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR