SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.6.
II.6. Resolución Administrativa (RA) RA-01/2010 de 13 de agosto, emitida por la Jefatura Regional de Trabajo, conminó al Gobierno Autónomo Municipal, a la reincorporación de los trabajadores, pago de sueldos devengados y la reposición de sus derechos laborales disposición legal administrativa que es de acatamiento forzoso para los involucrados por lo que no se puede hacer abstracción de la determinación legal por ser de observancia obligatoria por mandato de la disposición social y el cumplimiento del DS 0495 de 1 de mayo de 2010 y el procedimiento establecido por la “Resolución Ministerial (RM) 551/06”, la autoridad demandada no dio cumplimiento a ésta disposición, por consiguiente no fueron incorporados a su fuente de trabajo (fs.16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- ,
- ii)
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Derecho al trabajo, la estabilidad y los contratos a plazo fijo
- III.3.El consentimiento del empleador, importa tácita reconducción del contrato
- III.4.Respecto a la inamovilidad laboral de la mujer embarazada
- III.4.Respecto a la seguridad social
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR