SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1402/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1402/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.10.

II.10.  Mediante Resolución 36/2010 de 3 de mayo, se declaró probada la demanda ejecutiva e improbada la excepción de falsedad de documento planteada por la “demandada”, disponiéndose la prosecución de trámites hasta que Rosa Prado Ávila de Morales pague a Limbert Milton Rojas Rodríguez la suma adeudada de Bs7 350.- más el interés del 6% anual con costas (fs. 181 a 182); que fue apelada por la ejecutada mediante memorial presentado el 14 de mayo de ese año, argumentando: a) El fallo es incompleto en relación a la prueba de descargo, que no fue tomada en cuenta y menos valorada; b) Se restringió su derecho a la defensa al no señalarse si el informe pericial es o no un elemento de prueba idóneo que enerva el contenido de su excepción de falsedad de título opuesta; y, c) La sentencia es incongruente con la excepción planteada y las pruebas ofrecidas. En base a ello, pide se declare improbada la demanda y probada su excepción de falsedad de título (fs. 186 a 187), que fue concedida en el efecto devolutivo mediante Auto de 21 de mayo de 2010 (fs. 190).