SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1402/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1402/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.2.

II.2.    El acta de audiencia de 13 de mayo de 2009, evidencia el apersonamiento de Rosa Prado Ávila De Morales al Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil, que afirmó: “…LA FIRMA Y RUBRICA PUESTA A SU VISTA ESTAMPADA EN EL RECIBO DOMESTICO CURSANTE A FS. 2 DE OBRADOS NO ES SUYA” (sic), habiéndose solicitado la realización de pericia caligráfica (fs. 11 y vta.); por dictamen Pericial grafotécnico, elaborado por el perito Julio Cesar Gamboa Ancieta, se concluyó que la firma indubitada y de comparación estampadas por Rosa Prado Ávila de Morales en la tarjeta prontuaria de la División de Archivos de la Dirección Departamental de Identificación Personal y Acta de audiencia de reconocimiento de firmas y rúbricas, guardan relación de correspondencia a una misma autoría en sus trazos y rasgos con la firma y rúbrica dubitada (fs. 18 a 22), que fue observada por la citada demandada mediante memorial de 4 de junio de 2009, ofreciendo al mismo tiempo como perito de descargo a Marlon Rodolfo Luizaga Selaya (fs. 30).