SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. El requerimiento de acusación de 22 de julio de 2009, en su punto III, señala que el informe 219/2008 de 24 de noviembre, del departamento de Control Interno, hizo referencia a que el 19 del mismo mes y año, al promediar las 21:30 aproximadamente, en el Canal 21, Red Giga Visión, se presentó una filmación, mediante la cual dio a conocer en forma pública a supuestos propietarios de bares y cantinas de la ciudad de El Alto, haciendo entrega de dinero a Antonio Ronald Pérez Aranda, Director de Seguridad Ciudadana del Gobierno Municipal de ese centro urbano; y, que el 20 del mismo mes y año, el referido Director se hizo presente en la Red Televisiva Bolivisión, donde negó las acusaciones en su contra por los supuestos cobros irregulares (fs. 84 a 91 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 7
- 1)
- Fragmento 9
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II. 4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- constitucional
- III.2. Sobre la falta de cumplimiento de los requisitos de contenido
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º