SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1412/2012
Fecha: 19-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Su representado formalizó denuncia contra Tomas Demetrio Díaz Quispe, José Díaz Paucara, Emilio Santiago Mamani Paucara, Facundo Quispe Mamani, Tomas Quispe, María Eugenia Sánchez Quispe y Concepción Blanco de Quispe, por la presunta comisión de varios delitos contra su integridad física y su propiedad; en razón de que se adjudicó un kiosco en inmediaciones del zoológico de Mallasa y el 14 de mayo de 1999, cuando se encontraba construyendo un pequeño tinglado en el mismo, una turba de personas encabezadas por los denunciados procedieron a propinarle una golpiza y posteriormente a destruir su propiedad.
Formalizada la denuncia, el Fiscal dictó auto inicial de la instrucción, en el sumario de la causa, es así que, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, pronunció auto de procesamiento contra los demandados; en el transcurso del proceso, estos eludieron constantemente su presentación, al extremo de hacerse declarar rebeldes y contumaces a la ley, habiéndose suspendido varias audiencias por causas imputables exclusivamente a los querellados; una vez tramitado el proceso en su fase plenaria, el Juez Primero de Partido en lo Penal, mediante Resolución 19/2006 de 19 de febrero, falló declarando autores a cinco de los imputados, condenándoles a seis años de privación de libertad y a dos coautoras, sancionándolas con privación de libertad de dos años y seis meses, Resolución que fue apelada y confirmada por la Sala Penal Primera, mediante Auto de Vista 232/07 de 2 de abril.
Posteriormente, los imputados plantearon recurso de casación y formularon excepción de prescripción ante el máximo tribunal de justicia de la nación, hecho que mereció el Requerimiento Fiscal el 23 de junio de 2008, mismo que estando fundamentado expresó “no corresponde declarar la extinción de la presente acción” (sic) y con relación al recurso requiere “que se declare infundado el recurso… al no ser ciertas las vulneraciones acusadas…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Actos denunciados como lesivos
- I.1.3. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.Respecto de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.3.En cuanto a la atribución para conocer la extinción de la acción penal por su Tribunal de casación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR