Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1441/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.4.
II.4. De los informes realizados por los efectivos Reynaldo Cachi Mamani, (fs. 78); así como del informe de 22 de abril de 2010, realizado por Anacleto Flores Copa (fs. 79), se evidencia que Elio Vargas Vaca, manifestó haber ocupado juntamente su esposa Lilia Álvarez Montero, el inmueble ubicado en la urbanización Cotoca, unidad vecinal 199, manzana 31, lote 12; además de que dicho inmueble, se encuentra embardado con material de ladrillo, con portón grande, donde habitan de igual manera unos menores de edad; según fotografías cursantes a fs. 80.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- medidas de hecho
- ) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos;
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- se demostró fehacientemente que Lineth Vallejos Limón y Sergio Miguel Ávila Pacheco, estuvieron ante una situación de medidas de hecho
- APROBAR