Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1441/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.6.
II.6. Lilia Álvarez Montero, mediante memorial de 29 de abril de 2010, demandó interdicto de retener la posesión contra Sergio Miguel Ávila Pacheco y Lineth Vallejos Limón (fs. 111 a 112 vta.); el cual fue admitido mediante Auto 127/2010 de 30 de abril, suscrito por el Juez Doceavo de Instrucción en lo Civil del departamento Santa Cruz (fs. 113). Situación por la que Sergio Miguel Ávila Pacheco y Lineth Vallejos Limón, otorgaron poder notarial 1195/2010 de 8 de mayo, a Lucio Vallejos Limón y/o Andrés Vallejos Limón, para que asuman defensa en dicho proceso, en resguardo de sus derechos (fs. 3 a 6 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- medidas de hecho
- ) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos;
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- se demostró fehacientemente que Lineth Vallejos Limón y Sergio Miguel Ávila Pacheco, estuvieron ante una situación de medidas de hecho
- APROBAR