SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1507/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1507/2012

Fecha: 24-Sep-2012

SCP 0998/2012 de 5 de septiembre,

Entre las circunstancias singulares en las que es posible prescindir del aludido principio, están las acciones o medidas de hecho, comúnmente conocidas como la “justicia con mano propia”. En ese marco de ideas, cobra singular importancia citar la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, que asumiendo los entendimientos de las SSCC 0864/2003-R; 0119/2003-R; 0832/2005-R;  0849/2007-R; entre muchas otras, estableció el siguiente razonamiento: Por los fundamentos antes expuestos, se concluye inequívocamente que las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa, aspecto reconocido de manera uniforme por la jurisprudencia emanada en ejercicio del control de constitucionalidad y que debe ser ratificado por este Tribunal Constitucional Plurinacional(las negrillas son nuestras).