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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1511/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1511/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    “rechazado”

    Por lo precedentemente descrito, el Tribunal de garantías al haber “rechazado” la acción de libertad, aunque equivocando la terminología adecuada, y utilizando otros fundamentos, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y aplicado debidamente los alcances de esta acción tutelar.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • Fragmento 3
    • a)
    • g)
    • 1)
    • i)
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • 3) Que es indebidamente procesada
    • i) Que exista indefensión absoluta en el justiciable; ii) Que se hayan agotado las instancias o mecanismos intraprocesales franqueados por ley, y, iii) Que el acto acusado como vulnerador, sea causa directa de la privación de libertad.
    • III.3.
    • lo que significa que, cuando el procesado acude a esta jurisdicción a fin de que se le otorgue tutela por indefensión, deberá demostrar que jamás tuvo conocimiento del proceso
    • “rechazado”
    • APROBAR

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