Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1538/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.3.
II.3. William Calvimontes Márquez, Fiscal de Materia asignado al caso, presentó el 24 de julio de 2012, al Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de Pando, requerimiento conclusivo de acusación formal contra la imputada Gladis Cárdenas Azad, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, solicitando la apertura de juicio oral y contradictorio ante el Juzgado de Sentencia Penal de turno; requerimiento conclusivo que fue respondido por el Juez demandado, mediante proveído de 1 de agosto del año mencionado, en que dispuso audiencia conclusiva para el 16 del mismo mes y año, de acuerdo a lo establecido por el art. 325 del CPP (fs. 18 a 20 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- sin embargo, ante la existencia de otros medios legales idóneos para asegurar la protección de los referidos derechos, de un modo oportuno, eficaz e inmediato, éstos necesariamente deben agotarse antes de solicitar la tutela constitucional
- III.3. Los alcances de la acción de libertad en cuanto al instituto de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- además, que este Tribunal, ha dejado establecido en su uniforme jurisprudencia, que la extinción de la acción penal, debe ser planteada, mediante la acción de amparo constitucional”
- III.4. Análisis del caso concreto
- 9) La que admita o niegue la suspensión o extinción de la pena”
- CONFIRMAR