SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Ramiro Taboada en representación de la entonces Alcadesa Municipal de la ciudad de Sucre, Verónica Berríos Vergara, mediante testimonio de poder 1674/2010, señaló que le llama la atención, la mala fe con la que actuó el accionante; toda vez que en horas de la mañana, en audiencia de conciliación, llegaron a un acuerdo, por el cual se dispuso la restitución a su fuente laboral, por lo que debió presentar memorial de desistimiento de la acción, en virtud del memorándum que se expidió a su favor, por lo que se repuso sus derechos vulnerados.

Asimismo, Ramiro Calderón en representación de la Alcaldesa Municipal de la ciudad de Sucre, según poder notarial 1674/2010, refirió que la autoridad a la que representa, no vulneró derecho alguno del accionante, toda vez que no suscribió la comunicación interna 347/2010, en consecuencia al no tener legitimación pasiva, solicitó se deniegue la acción contra su representada.