Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1574/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.6.
II.6. Por nota de de 21 de septiembre de 2010, los Mallkus de Turco Marka, dirigida a Beatriz Guzmán, Diputada suplente nacional, ponen a su conocimiento la preocupación por agresión física y difamación a las autoridades, cometidas por otra autoridad originaria, solicitando “no atender ninguna solicitud por parte de Benedicto López Villca…” (sic) (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Principios ético-morales de los pueblos indígena originario campesinos
- Fragmento 20
- III.3. Nación originaria Aymara Suyu Jach'a Karangas y la jerarquía de sus autoridades
- Fragmento 22
- III.4. Con relación a la suspensión y designación de las autoridades de la nación originaria Aymara Suyu Jach'a Karangas
- III.5. Análisis del caso concreto