Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1574/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III.4. Con relación a la suspensión y designación de las autoridades de la nación originaria Aymara Suyu Jach'a Karangas
Respecto a la suspensión de las autoridades originarias, en la estructura de las naciones y pueblos indígenas originarios, es de estricto cumplimiento los principios y valores en las funciones de autoridad originaria, cualquier infracción rompería con el equilibrio y armonía de las Autoridades Originarias y la comunidad, debilitando su legitimidad de representación como gobierno originario territorial. No solo en el ámbito social, sino también en lo espiritual, económico y político. Los antecedentes de un hecho, influyen en la familia y en toda la comunidad de donde representa, son mal vistos por los vecinos de otras comunidades, ayllus y markas quedando como antecedente territorial”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Principios ético-morales de los pueblos indígena originario campesinos
- Fragmento 20
- III.3. Nación originaria Aymara Suyu Jach'a Karangas y la jerarquía de sus autoridades
- Fragmento 22
- III.4. Con relación a la suspensión y designación de las autoridades de la nación originaria Aymara Suyu Jach'a Karangas
- III.5. Análisis del caso concreto