Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1577/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.2
II.2. Por memorial de 23 de marzo de 2010, Roque Leaños Krutfeldt interpuso excepción de falta de acción ante el Juzgado Décimo Segundo de Instrucción en lo Penal y su providencia que dispuso traslado a la parte denunciante y fiscal (fs. 19 a 21), ampliando su fundamentación mediante memorial de 1 de abril de 2010 (fs. 55 a 58 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- c)
- 1)
- i)
- denegó
- 2)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. El debido proceso en su componente de falta de fundamentación de las resoluciones
- III.3. De la seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR