Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1581/2012
Fecha: 24-Sep-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 3/2010 de 8 de diciembre, cursante de fs. 167 a 170, pronunciada por la Jueza de Partido Mixta y de Sentencia Penal de Uncía del Distrito Judicial -ahora departamento- de Potosí, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, con relación a los derechos al debido proceso, a la defensa y a la petición, bajo los mismos argumentos jurídicos dispuestos por la Jueza de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Derecho a la defensa
- III.4. Derecho a la petición
- III.5.
- Fragmento 14
- III.6.
- Fragmento 16
- CONFIRMAR