Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1581/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.3.
II.3. Cursa original de acta de Posesión del Directorio de EPSA Bustillo M.S., de 6 de octubre de 2008, en la cual refiere que el accionante fue posesionado como Presidente del mismo, con un plazo de mandato de tres años, en mérito al art. 23 del Estatuto y Reglamento de EPSA Bustillo M.S., firmado por el “Alcalde Municipal del Gobierno Constitucional” de Llallagua, dando fe y constancia a esta posesión (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Derecho a la defensa
- III.4. Derecho a la petición
- III.5.
- Fragmento 14
- III.6.
- Fragmento 16
- CONFIRMAR