SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1581/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega vulneración a su derecho al debido proceso, a la defensa y a la petición, toda vez que sufrió destitución de su cargo de director de EPSA Bustillo M.S., sin haber concluido su mandato, ni tener proceso judicial o administrativo que fueren causal de dicha destitución y como efecto de ello se posesionó ilegalmente una nueva directiva en completa contradicción a los Estatutos y Reglamentos de la entidad; hecho que denunció, ante la Junta Mancomunitaria Social del Directorio de EPSA Bustillo M.S., solicitando su reconsideración; la anulación de la posesión de la nueva directiva y su restitución como presidente del Directorio de dicha entidad, no habiendo recibido respuesta pese a la reiteración de su solicitud. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Derecho a la defensa
- III.4. Derecho a la petición
- III.5.
- Fragmento 14
- III.6.
- Fragmento 16
- CONFIRMAR