SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1586/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1586/2012

Fecha: 24-Sep-2012

conceder

En consecuencia la pretensión del accionante no es una situación que se encuentre dentro de las previsiones y alcances del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al conceder la acción de amparo constitucional, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dio correcta aplicación al citado precepto constitucional, correspondiendo en el presente caso, modular los efectos de la presente Sentencia, considerando que la mencionada acción tutelar fue resuelta por el Tribunal de garantías aproximadamente hace un año y nueve meses.