Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1590/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante se ratificó in extenso en su memorial de demanda y ampliándola manifestó: Que ante el Auto de lanzamiento, suscitaron oposición, la que fue rechazada y siendo que en ejecución de sentencia, en materia agraria no existe apelación además que ante un Auto Interlocutorio, en ejecución de sentencia no es procedente el recurso de casación, la única vía para hacer valer sus derechos es la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1.2.2. Informe del demandado
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. De la judicatura agraria, sus principios y el proceso oral agrario
- III.3.De la acción de amparo constitucional, frente a los actos consentidos
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR