Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1592/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.4.
II.4. La Resolución Administrativa Sumarial 41/2010 de 15 de octubre, emitida por el Tribunal Sumariante del Servicio Departamental de Educación de Santa Cruz, resolvió ratificar el Auto final de Sumario Administrativo de 30 de septiembre del indicado año, declarándolo ejecutoriado (fs. 442 a 443); misma que fue notificada el 20 de octubre del citado año a Eldy Julio de Vaca, existiendo la constancia de habérsele entregado la copia de ley en presencia de la testigo Justa Zeballos de Pereira, puesto que la primera de las nombradas se rehusó a firmar (fs. 872 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Del principio de subsidiariedad que rige a la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- Fragmento 19
- III.3. Normativa aplicable al caso de autos
- III.4.