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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1592/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1592/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    II.6.

    II.6.  Jerjes Justiniano Talavera, el 17 de noviembre de 2010, mediante memorial solicitó revisión; que mediante providencia de 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Presidente del Tribunal Sumariante del SEDUCA de Santa Cruz, señaló: “Estese al Auto de Ejecutoria # 41/2010 de fecha 15 de octubre de 2010” (fs. 877 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 15
    • III.2.  Del principio de subsidiariedad que rige a la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 17
    • la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
    • Fragmento 19
    • III.3.  Normativa aplicable al caso de autos
    • III.4.

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