SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2013

Fecha: 03-Ene-2013

II.5.

II.5. Informe técnico 762/2012 de 22 de agosto, de la Jefe de División de Atención al Ciudadano del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, Teresinha Saavedra Verdum ante el Sub-alcalde de la Comuna Alejo Calatayud, Julio Selaez Quispe, señaló que notificaron a Wálter Ibarra Aruquipa, el 17 de agosto de 2012, quien refirió, juntamente con su abogado que, con carácter previo acudirá a SEMAPA. En cuanto a la certificación solicitada por Johny Alberto Illanes Vidal, a cerca de la capacidad de la Sub-alcaldía para obligar al vecino a permitir la servidumbre de paso, al tratarse de derecho propietario, la Alcaldía refirió que no cuenta con los instrumentos necesarios para permitir u obligar a la construcción de dicha servidumbre; por lo que tal situación debe ser resuelta por la vía legal (fs. 45).