SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2014

Fecha: 03-Ene-2013

II.4.

II.4.  Por memorial de 5 de junio de 2013, el accionante solicitó a la Jefatura Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, su reincorporación laboral a la UMSS, señalando dentro de sus antecedentes que previo a la suscripción del contrato a plazo fijo hubo un primer contrato verbal por el tiempo de cinco meses y tres semanas (fs. 6 a 8). Siendo así, que mediante nota de 27 del mismo mes y año, la Jefa Departamental de Trabajo -ahora demandada- respondió que en estricta aplicación de la normativa vigente, dicha instancia administrativa no tiene competencia para atender casos cuando en los mismos existe hechos controvertidos, los cuales deben ser resueltos ante el Juez del Trabajo y Seguridad Social, adjuntando el informe fundamentado de la Responsable Legal de dicha Jefatura de 26 de junio del año referido (fs. 9 a 10 vta.).