SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2013
Fecha: 11-Ene-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado sus derechos al debido proceso y de acceso a la justicia, los principios de celeridad, de seguridad jurídica y de dirección procesal; siendo que, el Juez cautelar dispuso la detención preventiva del imputado; sin embargo, dentro de una acción de libertad interpuesta por el detenido preventivamente, se concedió la tutela y se ordenó su libertad, y en revisión el Tribunal Constitucional Plurinacional revocó en parte y se concedió únicamente respecto a la dilación indebida, determinando que la autoridad demandada, en el plazo de veinticuatro horas remita los antecedentes de la apelación incidental y sea resuelta por el Tribunal ad quem, este último cumpliendo lo dispuesto por el Tribunal Constitucional Plurinacional, confirmó la detención preventiva; y nuevamente planteó acción de libertad y el Tribunal de garantías concedió y otorgó la libertad anulando la Resolución que disponía su detención preventiva, y ordenó que el Tribunal ad quem fije nuevo día y hora de audiencia para considerar la apelación incidental y sea en el plazo de setenta y dos horas, el Tribunal conminado a resolver la apelación, ordenó al Juez inferior remita los antecedentes del caso, dentro de veinticuatro horas, lo que no habría sido cumplida por la autoridad y funcionario ahora demandados. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El principio de dirección judicial del proceso
- III.3. Sobre el acceso a la justicia y al debido proceso vinculados al principio de celeridad
- III.4. Legitimación pasiva en el personal subalterno
- III.5. El principio del vivir bien (suma qamaña)
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR