SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

Fragmento 22

Por otro lado, cabe indicar que si bien no se tienen antecedentes que acrediten que la solicitud presentada el 12 de agosto de 2011, ante el Juez codemandado, de conminatoria al Ministerio Público, para que presente requerimiento conclusivo, debido a que el término investigativo hubiese concluido, debido a que transcurrieron más de los tres meses establecidos por ley, fue reiterada en varias ocasiones, como en el caso anterior; sin embargo, de las solicitudes realizadas al Fiscal Coordinador de la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público (19 de agosto de 2011) y al Fiscal de Distrito de Santa Cruz (26 de igual mes y año), se deduce que aquella solicitud no fue resuelta, hasta esta última fecha, lo que nos da a entender, que el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, lesionó de igual manera, el derecho de petición del accionante, al no haber resuelto o en su caso otorgado una solución material al problema planteado, motivo por el cual, corresponde conceder la tutela solicitada, por este otro hecho.