SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

llamar la atención

Por otro lado, de la revisión de la tramitación otorgada a la presente acción tutelar, se evidencia que la audiencia se desarrolló el 29 de mayo de 2013; sin embargo, al existir disidencia entre los Vocales de Sala, se determinó convocar, mediante Auto de 31 de mayo de 2013 (fs. 230), a Fernando Ganam Cortez, como Vocal dirimidor; para luego recién emitirse el 19 de junio de 2013, la Resolución 45 “A”/13, que hoy se encuentra en revisión; la que si bien, cuenta con nota de remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional, de la misma fecha; empero, recién fue recibida el 23 de agosto de 2013 (fs. 237 vta.); lo que nos da a entender, que entre la audiencia de garantías y la emisión de la Resolución, pasaron más de veinte días; y desde el 19 de junio de 2013 hasta el 23 de agosto del mismo año (fecha de recepción del expediente en el Tribunal Constitucional Plurinacional), transcurrieron más de dos meses; lo que afecta, en cierta manera, a la aplicación de una justicia pronta y oportuna; correspondiendo por ello llamar la atención al Tribunal de garantías por esta demora, ya que si bien existió disidencia en la resolución de la causa, la misma debió ser resuelta a la brevedad posible, tomando en cuenta el principio de celeridad procesal, así como también debió remitirse la causa dentro el plazo establecido por el art. 129.IV de la CPE; es decir, dentro las veinticuatro horas siguientes.