SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

III.3. Marco normativo en la CNS en la instauración de procesos internos contra sus trabajadores por contravenciones al ordenamiento jurídico administrativo

         La SCP 0314/2013-L de 13 de mayo, puntualizó que: ”Tomando en cuenta que el art. 232 de la CPE, establece que 'La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados'; el DS 23318-A, modificado por DS 26237, implantó la responsabilidad por la función pública de los servidores públicos partiendo de que 'El servidor público tiene el deber de desempeñar sus funciones con eficacia, economía, eficiencia, transparencia y licitud. Su incumplimiento genera responsabilidades jurídicas' (art. 3.I de la referida disposición).

         Empero, como dichos lineamientos deben ser puestos en vigencia dentro de cada institución de acuerdo a las peculiaridades de cada sector, el Directorio de la CNS en uso de sus legítimas atribuciones, mediante Resolución de Directorio 063/2003 de 27 de marzo, determinó aprobar el Reglamento de Procesos Internos de la CNS, que en su art. 1 señala: 'Todo trabajador de la Caja Nacional de Salud responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, acciones y omisiones, deberes y atribuciones asignadas a su cargo, siendo responsable administrativamente, cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria como el incumplimiento al Estatuto, Manuales, Procedimientos, Reglamento Interno de Personal y normas relativas al ejercicio de la función'.

         En armonía con el art. 180.II de nuestra Norma Suprema que indica: 'Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales', también aplicable en la vía administrativa; el art. 11 del Reglamento de Procesos Internos de la CNS, establece el: '(RECURSO DE REVOCATORIA).- Contra las Resoluciones emitidas por el Sumariante, (…).