SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

1)

Alaín Núñez Rojas, William Torrez Tordoya y Editha Pedraza Becerra, Vocales, presentaron informe escrito, cursante de fs. 88 a 89 vta., por el cual señalaron: 1) El Auto de Vista dictado por el Tribunal ad quem fue emitido dentro del término previsto por ley y cumpliendo con las formalidades legales; y, 2) El accionante debió interponer el incidente de nulidad ante el Tribunal de la Sala Penal Primera para que éste solicite el cuaderno procesal y así poder resolver dicho incidente; sin embargo, el accionante acudió de manera directa a la vía constitucional, incumpliendo con el principio de subsidiariedad, toda vez que en un caso similar el Tribunal Constitucional, a través de la “SC 1300/2003”, dispuso que la denuncia de la notificación presuntamente ilegal con Auto de Vista debió haber sido reclamada de manera previa a la interposición del amparo, ante el Tribunal ad quem, y al no haberlo hecho así no agotó la vía ordinaria.