Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1626/2013
Fecha: 04-Oct-2013
II.7.
II.7. Contra la Resolución 115/2012, el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a través de su representante interpuso recurso de apelación el 18 de enero de 2013 (fs. 556 a 558). De otro lado, el demandante del proceso social reiteró solicitud de liquidación del monto determinado (fs. 560) y solicitud de retención de fondos (fs. 562 y vta.), que fueron resueltas a través de la Resolución de 29 de enero de 2013 (fs. 563), determinándose se oficie al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público a efectos de que se proceda a la retención de fondos de la suma de Bs141 085,97.- de las cuentas bancarias del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, de conformidad a lo dispuesto en el art. 517 del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2 Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR