SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1655/2013
Fecha: 04-Oct-2013
concedió
El Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Puerto Suarez, provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 15/2013 de 9 de mayo, cursante a fs. 23 y vta., por la que concedió la tutela solicitada, ordenando a las autoridades demandadas entregar el motorizado y todas las pertenencias al accionante, en el término de veinticuatro horas desde su legal notificación con el fallo, todo esto con costas a los demandados. Dicha determinación fue dictada a partir de los siguientes fundamentos: 1) Los funcionarios policiales demandados se negaron a devolver lo solicitado por el accionante sin razón alguna; es decir, sin explicar cuál es el motivo de desobediencia al requerimiento fiscal; siendo así que, dentro de la investigación del robo de un vehículo, éste no tuvo ninguna participación, ni tampoco el motorizado secuestrado; y, 2) La Norma Suprema del Estado, establece que la propiedad privada es protegida constitucionalmente al igual que el derecho al trabajo; y, en este caso, el accionante ha demostrado su derecho propietario sobre el motorizado, además de haber referido que el mismo se constituye en su herramienta de trabajo; por lo que, corresponde la protección de ambos derechos, frente a las actuaciones de los demandados que no cumplieron con su deber de devolver la motocicleta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La justicia constitucional no es la vía para hacer cumplir resoluciones pronunciadas en la jurisdicción ordinaria o en la vía administrativa
- III.3. Análisis del caso concreto
- fiscal
- concedido