Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1676/2013
Fecha: 04-Oct-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 248/2013 de 1 de junio, cursante de fs. 77 a 78 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Lilian Encarnación Santander Chávez en representación sin mandato de Willy Mario Santander Chávez contra Petrona Patricia Pacajes Achu y Juan Carlos Flores Cangri, Jueces Técnicos; Ricardo Choque Apaza y Jhovana Canaviri Canaviri, Jueces Ciudadanos, todos del Tribunal Primero de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. El derecho a la salud y la asistencia médica en los recintos penitenciarios
- III.3. Audiencia para considerar el beneficio de cesación de la detención preventiva
- Lo anterior, constituye una modulación de la subregla establecida en el inc. b) del Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, en cuanto al plazo para fijar audiencia, el que queda determinado en según lo señalado supra; vale decir, tres días hábiles.
- III.4. Análisis del caso concreto