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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1676/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1676/2013

    Fecha: 04-Oct-2013

    II.6.

    II.6.    El 9 de enero de 2013, nuevamente se suspendió la audiencia de cesación a la detención preventiva dispuesta para esa fecha, debido a una recusación que fue interpuesta por el accionante contra el pleno del Tribunal Primero de Sentencia Penal de El Alto, por lo que se convocó a los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal siguiente en número para la resolución de la recusación interpuesta por el accionante (fs. 40).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concediendo
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
    • III.2.  El derecho a la salud y la asistencia médica en los recintos penitenciarios
    • III.3. Audiencia para considerar el beneficio de cesación de la detención preventiva
    • Lo anterior, constituye una modulación de la subregla establecida en el inc. b) del Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, en cuanto al plazo para fijar audiencia, el que queda determinado en según lo señalado supra; vale decir, tres días hábiles.
    • III.4. Análisis del caso concreto

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