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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1682/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1682/2013

    Fecha: 07-Oct-2013

    I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional

    Mediante Auto de 4 de junio de 2013, cursante de fs. 24 a 26, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Potosí, de conformidad al art. 53.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), rechazó in limine la acción de amparo constitucional, presentada por el representante del accionante y declaró la improcedencia de la misma.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • I.3.3. Intervención del tercero interesado
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. La vulneración del debido proceso vinculada a la omisión del deber de jueces y tribunales de emitir resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas
    • III.3. El debido proceso y el principio de congruencia en las resoluciones de alzada
    • III.4. Análisis en el caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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