Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1682/2013
Fecha: 07-Oct-2013
II.1.
II.1. Cursa memorial de apelación presentado el 7 de noviembre de 2012, por el cual, Juan Luís Gutiérrez, dentro del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de lesiones gravísimas, tipificado en el art. 270.4 del CP, interpuso el recurso de apelación incidental contra el Auto de 31 de octubre del mismo año, pronunciado por el Tribunal Primero de Sentencia, que declaró improbada la extinción de la acción penal solicitada (fs. 4 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La vulneración del debido proceso vinculada a la omisión del deber de jueces y tribunales de emitir resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas
- III.3. El debido proceso y el principio de congruencia en las resoluciones de alzada
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo