Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1698/2013
Fecha: 10-Oct-2013
f)
f) Por lo que, correspondía acompañar como prueba la otra Sentencia penal ejecutoriada “…mediante la cual se demuestre que los documentos que fundaron la sentencia, han sido declarados falsos en otra sentencia ejecutoriada” (sic), siendo que si las autoridades demandadas dudaban de la veracidad de los documentos presentados, debieron disponer se produzca prueba de oficio.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- c)
- e)
- f)
- h)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la defensa en cuanto a la admisibilidad de los recursos
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR