SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1708/2013
Fecha: 10-Oct-2013
concedió
La Jueza de Partido Mixto, Liquidadora y de Sentencia Penal de Cliza, provincia Germán Jordán del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 1/13 de 22 de mayo de 2013, cursante de fs. 334 a 339, por la que concedió la tutela solicitada, respecto de los Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Tolata; de la Presidenta de la OTB y de Gloria Apaza Castro; y declaró “improcedente” respecto de Jhonny Contreras Tapia, disponiendo la nulidad de la Resolución Municipal 004/2013, la inmediata reincorporación de la accionante al cargo de Concejala titular, la cancelación de sus haberes desde la aprobación de su “supuesta renuncia”, con costas y responsabilidad civil, con los siguientes fundamentos: 1) La accionante al haber participado en las elecciones municipales y logrado un curul como Concejala titular, ejerció libremente el derecho a la ciudadanía, logrando formar parte del poder político y accediendo a la función pública, lo cual “…deberían estar intactos y libres”, pues no se tiene prueba de que haya renunciado, solicitó licencia, pero no fue suspendido de su cargo o que se encuentre con algún impedimento definitivo que imposibilite ejercer el mismo; 2) Es evidente que sus derechos fueron vulnerados y restringidos desde el momento en que de manera ilegal y arbitraria, la Vice Presidenta y la Directiva del Concejo Municipal, no le dejaron ejercer su cargo, más aun al no considerar los memoriales de manera adecuada por el pleno de la referida instancia; y, 3) Respecto de Jhonny Contreras Tapia, no se identificó claramente su participación en los derechos vulnerados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de la renuncia de autoridades electas
- 1.
- b.
- en primera instancia al Órgano Electoral Plurinacional
- Fragmento 19
- III.3.El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas
- Fragmento 22
- III.4. Análisis en el caso concreto
- 1º REVOCAR en parte