SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1708/2013
Fecha: 10-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la petición, al trabajo y al ejercicio de la función pública, aduciendo que un grupo de personas bajo presión y amenazas le obligaron a firmar una carta de renuncia, que fue entregada en Secretaría, cuando por tratarse de un acto jurídico voluntario debió ser de manera personal y libre de toda presión, y en cumplimiento a la Ley Contra el Acoso y Violencia Política Hacia las Mujeres, la renuncia debió ser presentada en primera instancia ante el Órgano Electoral Departamental, lo que no ocurrió, por lo que solicitó al Concejo Municipal rechazar la renuncia presentada bajo presión, sin que fuera escuchada, al contrario, se aceptó la misma mediante Resolución Municipal 004/2013 y sus pedidos de reconsideración fueron rechazados por unanimidad. En consecuencia corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela requerida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de la renuncia de autoridades electas
- 1.
- b.
- en primera instancia al Órgano Electoral Plurinacional
- Fragmento 19
- III.3.El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas
- Fragmento 22
- III.4. Análisis en el caso concreto
- 1º REVOCAR en parte